|
Autores: Florencio Cabello, Jorge Dragón,
José María Romero, Eduardo Serrano, Nicolás Sguiglia y Teresa Vera
07/06/06 MÁLAGA. “¿Qué
es exactamente la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) a
la que se permiten semejantes prebendas y atropellos en perjuicio
del conjunto de la sociedad?” La última parte del artículo sobre la
reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) versa sobre la SGAE,
un organismo que levanta fuertes críticas y que en este texto se explica
su estructura interna y funcionamiento, además de denominarlo, por
ejemplo, como una herencia “del franquismo, gobernado por la plutocracia
gerontocrática”. Esta colaboración con la revista EL OBSERVADOR
es obra de Florencio Cabello, Jorge Dragón, José María Romero, Eduardo
Serrano, Nicolás Sguiglia y Teresa Vera.
Vertical,
monopolista, feudal…: La
reforma de la Ley de Propiedad Intelectual y la SGAE (y
3)
"Y pues quien le trae al lado / es hermoso aunque sea fiero, / poderoso
caballero / es Don Dinero”.
A lo largo de este texto y más allá, en cualquier debate mediático o reunión
con el Gobierno al más alto nivel, siempre que se trata sobre “propiedad
intelectual” constatamos que no faltan como protagonistas estelares las
sociedades de gestión de derechos de autor o, para ser más exactos, la
SGAE, la más poderosa y antigua entre ellas. Ha llegado el momento en esta
última parte del artículo de preguntarse: ¿Qué es exactamente esta entidad
a la que se permiten semejantes prebendas y atropellos en perjuicio del
conjunto de la sociedad? Lo cierto es que, atendiendo a las declaraciones
apocalípticas sobre el fin de la Cultura que realizan día sí y día
también, uno diría que estamos ante El Parnaso Español, una bohemia
comunidad de artistas y poetas refugiados en el monte de las Musas y a los
cuales el resto de los mortales-clientes debemos rendir pleitesía. Nada
más lejos de la realidad (menudo alivio).
VERÁN,
la clave está en la E de SGAE, E de “Editores”; con ello nos encontramos
ante una sociedad consagrada a defender a
la vez a “Autores” (A) y a “Editores” (E), presuponiendo que los
intereses de los músicos coinciden plenamente con los de las discográficas
que los emplean. ¿Trabajadores y patronos codo con codo en la misma
estructura legal? Las reminiscencias a los “sindicatos verticales”
de otrora dejan de ser especulativas cuando comprobamos que pese a
datar su fundación de 1899, la SGAE no adquiere de pleno derecho su
G de “General” hasta el 24 de junio de 1941, merced a una Ley del
Generalísimo. Esta G es precisamente la que le concede hasta hoy (con
permiso de las entidades de gestión menores) la exclusividad para el cobro y manejo
de los derechos de autor, convirtiendo la afiliación en cuasi forzosa
para todos aquellos músicos (y también otros artistas) que no quieran
renunciar a determinados ingresos.
¿EXAGERAMOS? “Ya estamos en democracia, ¡algo habrá cambiado!”, pensará algún lector.
Revisemos entonces el funcionamiento de esta entidad, ciñéndonos a sus
actuales estatutos, y cerciorémonos definitivamente de que en la SGAE todo
está “atado y bien atado”. ¿Qué criterio emplea esta entidad para otorgar
el derecho a voto entre sus más de 80.000 socios y, más importante aún, el
derecho a presentarse a las elecciones? Quevedo nos ilustra cuán poco originales son en esto “Autores” y
“Editores”: Don Dinero. En la
SGAE (Título II, Capítulo III, artículos 21 y 22.1 de sus estatutos) votas
si recaudas un mínimo de dinero que ronda los 2.000 euros anuales. Además,
cuanto más ganas, más votos obtienes. Por si fuera poco, si ganas lo
bastante durante cinco años consecutivos, puedes obtener el “voto
permanente” (pasando a ser una especie de Senador Vitalicio de las Artes).
Además, estos votos permanentes también son acumulables. De este modo,
según los informes de esta entidad, en 2004 sólo 6.461 socios pudieron
votar en las elecciones de la SGAE (un 8% del total). En cuanto al
sufragio pasivo (Título II, Capítulo III, artículo 22.2), sólo pueden
presentar su candidatura a la Junta Directiva los que se hallen entre la
jet-set que dispone de al menos
5 “votos permanentes” (o sea, al menos veinticinco años consecutivos de
carrera muy lucrativa, esto es, “senadores” sensu strictu -del latín
“senex-senis”, “anciano”). Como consecuencia de ello, la Junta Directiva
que rige los destinos de la SGAE (y que partió y repartió en 2004 más de
300 millones de euros en ingresos por derechos de autor) está
invariablemente compuesta por los mayores imperios editoriales y
discográficos y por los artistas más superventas y veteranos de la
escena nacional. El panorama ante el que nos encontramos, pues, ya no es
que recuerde al franquismo, es que nos retrotrae hacia el más puro feudalismo.
LA conclusión que extraemos de esta radiografía del principal interlocutor
de nuestros políticos en este proceso de reforma de la LPI, no puede
ser más demoledora. Consideramos intolerable desde la más elemental
de las convicciones democráticas que tal sindicato heredado del franquismo,
gobernado por la plutocracia gerontocrática y donde más del 90% de
los socios carece del mínimo derecho a votar (por no hablar de la
inmensidad de actores culturales al margen de estas estructuras) se arrogue en el debate
público el monopolio para cortar el bacalao de la “Cultura”, con la
cual se les llena la boca, ora considerándola un producto lujoso y
elitista por el que el resto de ciudadanos-clientes estamos condenados
a rendir tributo hasta la saciedad, ora como un Patrimonio que sólo
ellos pueden cultivar y custodiar y por el que el resto de ciudadanos-contribuyentes hemos
de bendecirlos con infinitas subvenciones, protecciones o rebajas
del IVA. ¿O acaso vamos a aceptar que la cultura, en minúsculas -y
en plural-, se convierta en una jugosa mercancía, o en un objeto sagrado -como parece considerarla
la ministra Carmen Calvo-, en lugar de constituir un procomún de saberes,
creaciones, invenciones y prácticas que proviene de nuestros orígenes
y que nos pertenece a toda la humanidad?
FIN
PUEDE leer aquí las dos primeras partes del artículo:
-
06/06/06 Vertical, monopolista, feudal…: La reforma de la Ley de
Propiedad Intelectual y la SGAE (2)
-
02/06/06 Vertical, monopolista, feudal…: La reforma de la Ley de
Propiedad Intelectual y la SGAE (1)
|