Autores: Florencio Cabello, Jorge Dragón, José María Romero, Eduardo Serrano, Nicolás Sguiglia y Teresa Vera
02/06/06 MÁLAGA. Pervierte
los fines sociales de los derechos de autor y se somete a los intereses
de las sociedades de gestión. Es una de las muchas reflexiones que
expresan los seis autores de este artículo conjunto sobre la reforma
de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).

Vertical, monopolista, feudal…: La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual y la SGAE (1)
EN la primera de estas cartas de ciudadanía, publicada hace casi dos meses en un periódico local ("Horizontal, creativa, colaborativa... otra manera de hacer cultura"), hablábamos de lo que hace posible una producción local cultural potente y autónoma. De ningún modo es esta una cuestión superflua porque la cultura es ya inseparable de un conflicto social de enormes consecuencias, en nuestra opinión mayores que las derivadas de esas guerras con las que terroristas de uno y otro signo consiguen acaparar nuestra teleatención. Estamos hablando, ni más ni menos de lo que es intrínseco al capitalismo, la lucha de clases, una de cuyas principales batallas se dirime en el siglo XXI en torno a la propiedad privada de los productos intelectuales.
PRECISAMENTE porque Málaga no es solamente ese bello escenario querido por nuestros promotores oficiales para los productos culturales empaquetados en otros lugares, precisamente porque aquí hay cultura viva, este conflicto, tal vez para muchos nuevo y sorprendente, fue abordado aquí a comienzos de marzo con la celebración, de la mano de UNIA-Arte y Pensamiento, de las cuartas Jornadas Críticas de Propiedad Intelectual. La meta de estas jornadas en ningún momento pasaba por la mera queja o la confrontación, sino por la divulgación e invención colectiva y creativa de mecanismos que doten de nueva potencia al derecho universal al acceso a la cultura y al conocimiento y, más importante aún, a la participación en su construcción; derechos interesadamente desaparecidos del vocabulario de políticos, expertos y, por supuesto, de la industria cultural.
Y ello, en sus múltiples aplicaciones, desde las bibliotecas y archivos,
pasando por los mecanismos de salud preventiva y, más particularmente,
por los medicamentos esenciales, hasta la construcción
de redes ciudadanas sin cables y el acceso a Internet para todos.
Todo ello en el afán de traducir a nuestra vida cotidiana la invitación
que lanzaba John Perry Barlow a comportarnos en este decisivo momento
histórico como "buenos antepasados" que recuperen y mimen en esta
nueva etapa nuestra herencia cultural.
FIEL a este espíritu, dicho encuentro paseó los debates y propuestas más pujantes por distintos espacios de nuestra ciudad (tanto oficiales como al margen de lo institucional: la Casa de Iniciativas 1.5 o las instalaciones industriales de Lumisol), ahora bien, si un asunto estelar centró buena parte de las discusiones en esos intensos días, fue sin duda la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) que ha sido recientemente aprobada en el Senado español. Nos daríamos por satisfechos si este breve texto sirve para que los ciudadanos malagueños conozcan, a partir de las ideas que pudimos recoger aquellos días, algo más sobre el proceso de tramitación de esta reforma, que ha merecido incluso una amenaza de multa por parte de Bruselas al Gobierno de España debido a su retraso y falta de transparencia en todo el proceso. Más allá de esto, creemos urgente denunciar ciertas cuestiones que nos parecen gravísimas y que lamentablemente no tienen apenas cabida en los grandes media (pues en los blogs de Internet no se habla de otra cosa).
PARA ello nos centraremos en la segunda parte de este artículo en los puntos de esta reforma que están suscitando una mayor polémica, los referidos a la “copia privada” y a la “remuneración compensatoria” que se ambiciona hacerle corresponder, siguiendo al pie de la letra la máxima “si hay valor, hay derecho”. Creemos insoslayable subrayar la grave tergiversación que tal lógica impone sobre todo el entramado de la regulación de derechos de autor, al pervertir los fines sociales que a ella se le han de exigir (esto es, los encaminados a favorecer y premiar la riqueza artística y cultural de una sociedad, de modo que todos sus integrantes puedan beneficiarse de ella) para someterla a los intereses de las sociedades de gestión de derechos de autor y despejar de su camino la incómoda competencia que está emergiendo gracias a Internet y las nuevas tecnologías. El catedrático de Derecho de Stanford, Lawrence Lessig, expresa esta amenaza inmejorablemente en la introducción de su obra ‘Por una cultura libre’ (la edición castellana de este libro se la debemos a Traficantes de Sueños y puede usted descargarla desde la página web de esta editorial copyleft: http://traficantes.net): “Justo en el momento en el que la tecnología digital podría desatar una extraordinaria gama de creatividad comercial y no comercial, las leyes le imponen a esta creatividad la carga de reglas irracionalmente complejas y vagas y la amenaza de penas obscenamente severas”. Y qué mejor ilustración de ello que la discusión sobre el canon de soportes digitales y la compartición entre pares a través de Internet (para entendernos, la cotidiana ‘subida’ y ‘bajada’ de música, videos y demás a través de programas como Emule o BitTorrent en redes P2P) que abordamos también en la segunda parte de este artículo.
SEGUIRÁ...