OPINIÓN. ¿Me quieren oír? Por Dardo Gómez
Periodista

23/02/17. Opinión. En esta nueva colaboración en EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com, el periodista Dardo Gómez hace una reflexión sobre una de las agitadas reivindicaciones de los periodistas “profesionales”,  “la sempiterna cantilena del intrusismo profesional”, que ha arreciado “desde que la “estafa financiera” de los gobiernos nos ha llevado a este estado de gran precariedad laboral. Cuando no hay trabajo, aunque...

...duela como una llaga, muchos trabajadores suelen girarse contra otros trabajadores; de la misma forma que los inmigrantes ya asentados ven peligro en los de nueva llegada y votan a Donald Trump o reniegan de la obligación humana de dar refugio”.

A vueltas con el mantra del “intrusismo”

LA actual relación de los individuos de todas las sociedades con el mundo de la comunicación y la potenciación de los derechos fundamentales ha dado carácter universal al sujeto del Derecho a la Comunicación. A ver si lo aprendemos…

UNA de las agitadas reivindicaciones de los periodistas “profesionales” es la sempiterna cantilena del intrusismo profesional; esta ha arreciado desde que la “estafa financiera” de los gobiernos nos ha llevado a este estado de gran precariedad laboral.

Cuando no hay trabajo, aunque duela como una llaga, muchos trabajadores suelen girarse contra otros trabajadores; de la misma forma que los inmigrantes ya asentados ven peligro en los de nueva llegada y votan a Donald Trump o reniegan de la obligación humana de dar refugio.

ASÍ, varios colectivos y grupos profesionales se han dedicado a perseguir a las administraciones públicas para que no den trabajo en el ámbito de la comunicación a personas que no hayan cursado estudios en periodismo y, de forma precisa, que no dispongan de esa titulación.

ADEMÁS, se acusa a quienes acuden a ocupar algunas de esas plazas de “competencia desleal”, de falta de capacidad para ejercer la función y de no cumplir con lo establecido por la legalidad vigente. Argumentos que pueden ser atendibles solo en el último caso, si esos “intrusos” no cumplieran con sus obligaciones fiscales, en caso de ser retribuidos.

CONVIENE recordar que el intrusismo es “el ejercicio de una actividad profesional por parte de una persona sin título o autorización necesarios para ello”. De hecho se trata de un delito tipificado en el Código Penal, (Art. 403 Capítulo V) que califica de “intruso” a quien “ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente” y especifica que esto cabe “si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio”.

PUES, colegas, ya podemos hacer el pino o seguir repitiendo argumentos que no tienen el menor sustento pero, en España y en gran parte del mundo, ejercer la actividad de informador como labor retribuida o por mera afición no requiere de ningún título oficial y, por lo mismo, que se le deniegue el trabajo a una persona porque no posee un título cuando no es exigible atenta contra derechos elementales.

OTRA cosa, pero muy diferente, es que se trate de sensibilizar a las administraciones para que comprendan que quien se ha dedicado a formarse de forma específica para desarrollar una actividad ofrece mayores garantías de idoneidad. Aunque esas garantías solo estén en los papeles.

OTRO aspecto a tener en cuenta es la polivalencia que exige el actual mundo de la comunicación y que, muchas veces, obliga a primar la habilidad del candidato que más favorezca el proyecto. Así que, ni tanto ni tan calvo que se le vean los sesos…

No nos pasemos de frenada

TAMBIÉN
ha proliferado la circulación de hiperventilados que atribuyen a las nuevas tecnologías el fomento y facilitación del dichoso intrusismo (El Pisuerga sigue pasando por Valladolid, ¿verdad?). Más aún, consideran que es un desastre que estos desarrollos hayan facilitado la “aparición masiva de periódicos digitales” que, según ellos, carecen de la experiencia y conocimiento que ellos le suponen a los medios tradicionales.

SE ve que no se enteran de la opinión que tiene el público sobre estos “tradicionales” y desconocen que son muchos los trabajadores experimentados de la información que se han liberado del yugo de esos medios y creado sus propias publicaciones gracias a las nuevas tecnologías.

CON la misma ventilación acelerada, estos supuestos analistas reprochan a estos nuevos medios falta de rigor informativo, intereses espurios o falta de contraste de la información. Sin embargo, si observamos las últimas resoluciones de los tribunales respecto a vulneración de los principios deontológicos, los que se llevan la palma en las condenas son esos medios comerciales tradicionales. Medios que desde hace años están en el tobogán hacia la perdida de su independencia y algunos, de los más grandes, ya han tocado fondo.

OTRO despropósito de la hiperventilación es no valorar que las nuevas herramientas de comunicación han hecho verdad, por primera vez, el ejercicio de la libertad de prensa; ya que han abierto el arco de la edición de medios informativos a un marco social infinitamente mayor.

UN medio de información, ahora, ya no está necesariamente vinculado a un gran capital financiero ni su supervivencia depende de los grandes mayoristas de la publicidad. Eso se puede llamar independencia, si uno aspira a ella.

ADEMÁS, son esas herramientas las que han hecho el mayor aporte a la pluralidad informativa que reclaman todos los organismos internacionales. Estos que reconocen a la concentración mediática impulsada desde los grandes medios dependientes como el mayor peligro para la libertad de expresión.

El tren ya pasó y está lejos

ALGUIEN puede pensar que si la titulación en periodismo no es exigible bastaría con dictar una ley que así lo fijara; no digo que no se pueda hacer, pero sería una disposición que iría en contra de consagrados fallos de las cortes internacionales de Derechos Humanos.

ALGUNA vez he comentado que, desde el mismo momento en que el Derecho a la Comunicación ha sido reconocido como un derecho fundamental, existe el pleno consenso de que la libertad información es un bien cuyo ejercicio, en todos sus formas y tramos, corresponde a todos los individuos por el mero hecho de ser humanos. Alguna vez he recordado que la sociedad del Siglo XXI está viviendo la etapa del sujeto universal respecto de la comunicación y que las etapas empresarista y profesional han quedado superadas por el simple, pero significativo, desarrollo de los derechos humanos. Aunque alguno no se haya dado cuenta.

ESTO ha implicado que, si bien algunos pocos países mantienen -en lo formal- la exigencia del carné profesional para ejercer el periodismo, está admitido que esa capacidad no se puede limitar a quienes hayan cursado algún tipo de estudio. Ya no es opinable ni debatible que todos los seres humanos tienen derecho a investigar, recibir y difundir informaciones y opiniones y a utilizar para ello todas las plataformas a las que puedan tener acceso legal.

CREO haber dicho ya alguna vez que el reconocimiento por los organismos internacionales y las cortes de Derechos Humanos del sujeto universal de la información exige que los periodistas tradicionales reinterpreten cuál es su papel y estudien su reubicación en la sociedad.

LA “Declaración de principios sobre la libertad de expresión” de la OEA señala en su artículo 6 que:
Toda persona tiene derecho a comunicar sus opiniones por cualquier medio y forma. La colegiación obligatoria o la exigencia de títulos para el ejercicio de la actividad periodística, constituyen una restricción ilegítima a la libertad de expresión.”

ESTA no fue una decisión aleatoria sino que se correspondía con una consulta del Parlamento de Ecuador, que necesitaba saber si su Ley de Comunicación debía incluir la titulación y/o colegiación como exigencia para el ejercicio del periodismo y había consultado sobre ese supuesto a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

LA respuesta fue que “la Corte identifica que el periodismo no podría existir sin la existencia de un pleno ejercicio de la libertad de expresión, creando así una relación simbiótica entre ambos.

“EL periodista profesional no es otra cosa que una persona que ha decidido ejercer la libertad de expresión de modo continuo, estable y remunerado. Por tanto, la colegiación obligatoria conduce a limitar en forma permanente, en perjuicio de los no colegiados, el derecho de hacer uso pleno de las facultades que reconoce a todo ser humano el artículo 13 de la Convención Americana y el principio aquí analizado, lo cual infringe principios primarios del orden público democrático sobre el que la misma se fundamenta”
.

PUEDE no gustarnos, pero hay que admitir que el tren del sujeto profesional ya pasó y está lejos; la profundización en el valor de los derechos fundamentales de la ciudadanía así lo ha determinado y no hay vuelta atrás.

SIEMPRE sentimos nostalgia por las cosas que aprendimos pero que debemos desaprender porque han perdido significado; pero valoremos que, en este caso, estaremos aprendiendo que el ser humano sigue evolucionando y ampliando los campos de la libertad. Esto, no puede ser malo.

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