Federación de Asociaciones de Periodistas de España FAPE: “La sentencia supone una “amenaza real contra la libertad de prensa en este país y abre un peligroso precedente, al atribuirse los jueces la potestad de decidir aquello que es noticiable”
Sindicato de Periodistas de Andalucía SPA: “Cuando se producen conflictos de intereses entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad, se han venido resolviendo por la vía civil. Hacerlo por la penal como ahora supone, si se ratifica en instancias judiciales superiores, un cambio de paradigma sustancial que pone en cuestión la libertad de información”
14/09/23. Redacción. EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com. La Asociación de la Prensa de Huelva, con el apoyo de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha hecho un llamamiento a todas las asociaciones de la prensa de España para que mañana viernes 15 de septiembre, a las 11:00 horas, se lleven a cabo actos de protesta ante las diferentes...
...audiencias provinciales, incluida la de Málaga, y, en el caso de Madrid, frente a la sede del Tribunal Superior de Justicia, bajo el lema #SinPeriodismoNoHayDemocracia, por la condena a dos años de cárcel a una redactora por informar del caso Laura Luelmo.
La sentencia supone para la FAPE una “amenaza real contra la libertad de prensa en este país y abre un peligroso precedente, al atribuirse los jueces la potestad de decidir aquello que es noticiable y que, en esencia, implica imponer la autocensura para evitar el escarnio judicial”.
Desde la Asociación de la Prensa de Huelva han aprovechado que el próximo viernes 15 de septiembre se celebra el Día Internacional de la Democracia, para hacer un llamamiento a todos las asociaciones de la prensa de España para que, en sus respectivas provincias, se lleven a cabo actos de protesta, a las 11.00 horas, que tendrán lugar frente a las diferentes audiencias provinciales españolas, excepto en el caso de Madrid, que se celebrará frente a la sede del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
Las concentraciones se desarrollarán bajo el lema #SinPeriodismoNoHayDemocracia y ruegan a los asistentes “que acudan al llamamiento con esparadrapo o similares en la boca, para visibilizar el intento de censura previa que esta sentencia supone contra los periodistas españoles”.
Las asociaciones de la prensa de Andalucía (Asociación de la Prensa de Almería, Asociación de la Prensa de Cádiz, Asociación de la Prensa Campo de Gibraltar, Asociación de la Prensa de Córdoba, Asociación de Periodistas de Granada, Asociación de la Prensa de Jaén, Asociación de la Prensa de Jerez, Asociación de la Prensa de Huelva, Asociación de la Prensa de Málaga y Asociación de la Prensa de Sevilla) con el respaldo de la FAPE, emitieron un comunicado en julio (AQUÍ) manifestando su rechazo absoluto a la sentencia 96/2023, dictada por la Audiencia de Huelva.
La sentencia condena a la periodista por revelación de secretos relacionados con el caso del asesinato de Laura Luelmo en El Campillo. “Esta sentencia puede generar un peligroso precedente ya que, en opinión de estas asociaciones, atenta directamente contra el derecho constitucional de la ciudadanía a recibir una información veraz, en este caso, verdadera”, afirman.
Según la sentencia, la periodista obtuvo información del sumario del caso y la difundió a través de artículos periodísticos, en un momento en que no estaba vigente el secreto de las actuaciones. Los jueces consideran que algunos detalles revelados eran innecesarios e irrelevantes para el interés público y que afectaban a la intimidad de la víctima y su familia, por lo que basándose en el artículo 197.3 del Código Penal, la periodista ha sido condenada a dos años de cárcel.
El fallo judicial genera “una honda preocupación en las asociaciones profesionales, puesto que deja al libre dictamen de los jueces la relevancia de una información, que, siempre y cuando sea veraz, está amparada en el artículo 20 de nuestra Carta Magna”, aseguran en el comunicado.
Además, entienden que “esta sentencia abre la puerta a que se establezca una censura a posteriori en la que se juzgue a los periodistas después de publicar una información. Asimismo, abre la posibilidad a que los profesionales se enfrenten a condenas de prisión por revelar información considerada no relevante por los jueces. Cabe destacar, en el caso que nos atañe, que ni siquiera existía secreto sumarial sobre la causa y que era una información verdadera”.
También “pone en peligro el derecho a la libertad de información, dado que puede llevar a numerosos profesionales a la autocensura por temor a ser condenados”.
Por eso las asociaciones de la prensa de Andalucía rechazan de manera absoluta “esta sentencia, que sienta un peligroso precedente y que pone en riesgo los estándares democráticos que protegen a la profesión periodística en la Constitución” y muestran su apoyo a la periodista condenada y se ponen a su disposición por si desea recurrir la sentencia ante todas las instancias judiciales que procedan.
Las asociaciones se reservan “cuantas acciones de protesta consideren oportunas para dar a conocer este fallo judicial a la opinión pública, no solo por los riesgos que supone para el libre ejercicio de la profesión periodística, sino para la salud de una sociedad democrática”.
Sindicato de Periodistas de Andalucía
Por su parte desde el Sindicato de Periodistas de Andalucía (SPA) contemplan “con preocupación la sentencia”, ya que “supone un cambio de paradigma en el ámbito jurisprudencial y del derecho a la información y que sienta un grave precedente, al juzgar por la vía penal una supuesta (la sentencia no es firme) intromisión en el derecho a la intimidad, por incluir en la información datos que a juicio de los magistrados no son de relevancia pública” (AQUÍ).
La sentencia, que va a ser recurrida, condena además a la periodista a indemnizar a los padres de la joven asesinada con 30.000 euros y a pagar las costas del juicio, y hace responsable civil subsidiaria a la editora del Huelva Información mientras exonera a la compañía de Seguros.
El secretario general del SPA, Francisco Terrón, confirma que “los sindicatos de la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) nos sumamos, desde luego”, a las concentraciones, “y haremos todo lo que se puede hacer por esta compañera, ya que es muy grave lo que está pasando, es un intromisión que no tiene mucho sentido”.
Terrón espera que “la sentencia sea revocada, y que la compañera no llegue a sufrir cárcel por informar, además informaciones impecables viniendo de esta caso tan tremendo. Hizo un buen trabajo, si hubo filtraciones era su deber publicarlo”.
Para el SPA, “la Libertad de Información y el Derecho a la Información recogidos en el artículo 20 de la Constitución Española son derechos a proteger en todo nuestro ordenamiento jurídico y en esa dirección se han pronunciado numerosas sentencias del Tribunal Constitucional. Y cuando se producen conflictos de intereses entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad, (que también es un derecho fundamental), se han venido resolviendo, hasta ahora, por la vía civil. Hacerlo por la vía penal como ha ocurrido ahora supone, si se ratificara en instancias judiciales superiores, un cambio de paradigma sustancial, que pone en cuestión la libertad de información, y puede tener consecuencias graves, como en el caso que nos ocupa”.
En el sindicato entienden que “la clave y lo determinante de la sentencia ha sido el concepto de Revelación de Secreto (Artículo 197 de Código Penal, Apartados II y III). Un concepto penal en opinión de numerosos juristas muy abierto y que permite interpretaciones muy flexibles”.
Así, “con ese criterio la sentencia condena que se hayan publicado datos reservados, que eran diligencias previas y que afectan a la intimidad familiar. Según la sentencia (y esto es también algo novedoso) “son irrelevantes en relación a la información que interesa a la comunidad”, obviando que es el o la periodista quien tiene que valorar el interés informativo y la relevancia pública de la información; en el caso que nos ocupa los pormenores narrados permitían ayudar a entender las diferentes versiones que el acusado había dado de los hechos, y que implicaban a otra persona”.
Por eso desde el SPA confían en que “el TSJA corrija esta sentencia porque sienta un peligroso precedente, que llevará a la autocensura de los profesionales de la información. Las consideraciones expansivas de la conducta delictiva pueden tener consecuencias indeseadas para la ciudadanía y de manera especial para las y los profesionales de la información. Nuestro ordenamiento jurídico ha de proteger ante todo (y así ha sido hasta ahora) la tranquilidad en el ejercicio de la libertad de información, sin temor a perjuicio alguno. Nos va en ello la propia salud de nuestra democracia”.