El TSJA anula el proyecto de la depuradora del Guadalhorce por elegir la Vega de Mestanza sin valorar el daño ambiental, ignorando que la Vega forma parte del Corredor Biológico Mundial, y elegida sólo por ser la opción más barata
La sentencia da la razón a la Asociación de Vecinos Mestanza y Lomas de Cantarranas al considerar que la Junta de Andalucía no estudió con rigor otras alternativas de ubicación y vulneró la ley al anteponer criterios económicos al interés ecológico
02/07/25. Redacción. EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com. La revista EL OBSERVADOR publica integra la sentencia sobre la Vega de Mestanza por considerarla útil y de interés para sus lectores, ya que se trata de otra victoria civil de los vecinos (Asociación de Vecinos Mestanza) sobre los partidos de izquierda (PSOE, IU, Podemos),...
...derecha extrema (PP) y extrema derecha (Vox, Iustitia Europa y Alvise y compañía), que lo único que han hecho ha sido arrimarse para las fotografías. Sólo las acciones judiciales paran y detienen las acciones políticas arbitrarias, y no el decir que van a pedir responsabilidades, que esto está muy mal o cualquier otra propuesta retórica que únicamente sirve para salir en los medios. La sentencia puede leerse íntegra AQUÍ.
La sentencia
La Vega de Mestanza ha ganado una batalla clave por su supervivencia. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) del Guadalhorce-Málaga, impulsado por la Junta de Andalucía, al considerar que la elección de ubicar esta infraestructura en plena Vega no ha sido debidamente justificada desde el punto de vista ambiental, sino únicamente económico. La sentencia, dictada el pasado 16 de junio, da la razón a la Asociación de Vecinos Mestanza y Lomas de Cantarranas, que recurrió la aprobación del proyecto en defensa del patrimonio natural y agrícola del entorno.
La resolución judicial es clara: el estudio de impacto ambiental que avalaba la ubicación de la depuradora en la Vega “omitió cualquier análisis comparativo serio” con otras posibles localizaciones y se centró únicamente en razones de ahorro de costes. El tribunal considera probado que no se evaluaron adecuadamente las consecuencias ecológicas de las diferentes alternativas, como exige la legislación estatal y autonómica en materia medioambiental.
El fallo desmonta el argumento central de la Junta, que se limitó a justificar la elección de la Vega de Mestanza por ser la opción “más barata”. Según la sentencia, esto contraviene la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental, que obliga a estudiar alternativas razonables y valorar sus impactos medioambientales, no solo los económicos.
En su argumentación, el tribunal subraya que la Vega de Mestanza forma parte del Corredor Biológico Mundial, y ha sido nombrada como el "Kilómetro Cero del Sur de Europa" de esta red ecológica. Este reconocimiento, aunque no conlleva una protección jurídica automática, sí debería haber sido tenido en cuenta como elemento relevante en la toma de decisiones. No hacerlo, como sucedió, demuestra —a juicio de los magistrados— una “falta de sensibilidad y de diligencia” por parte de la Administración autonómica.
Y es que la sentencia también es demoledora con respecto al contenido del Estudio de Impacto Ambiental que presentó la Junta. El TSJA afirma que el informe estaba dirigido a “justificar una ubicación previamente decidida por razones ajenas al medio ambiente” y que su contenido se limita a una descripción general sin “juicio crítico alguno”. No hay una evaluación rigurosa de cómo afectaría la depuradora a la fauna, flora, biodiversidad, calidad del aire, del agua, o el paisaje agrícola y natural de la Vega.
Además, el tribunal señala que la opción finalmente escogida —la llamada “alternativa 2”, que ubicaba la EDAR en plena Vega— fue seleccionada por ser la más barata y no la más respetuosa con el medio. Las otras ubicaciones se descartaron por necesitar bombeos más costosos o por implicar expropiaciones, sin valorar si esas molestias económicas compensaban el menor impacto ecológico.
De esta manera, la sentencia representa un espaldarazo para los movimientos vecinales y ecologistas que llevan años defendiendo la Vega de Mestanza como un pulmón verde de Málaga y como una zona agrícola de alto valor ambiental y cultural. La Asociación de Vecinos de Mestanza y Lomas de Cantarranas ha logrado frenar un proyecto que, de haberse ejecutado, habría alterado de forma irreversible uno de los últimos suelos fértiles del valle del Guadalhorce.
Paradójicamente, la depuradora se pretendía construir en una zona inundable, algo que contraviene hasta las más elementales normas de sentido común y de seguridad. Pero la Junta pareció más preocupada por cuadrar las cuentas que por proteger el territorio.
Con esta sentencia, la Junta de Andalucía deberá volver a la casilla de salida. El proyecto de la depuradora no se anula como infraestructura necesaria y obligatoria, pero sí su ubicación en la Vega de Mestanza. La Administración está obligada ahora a hacer un nuevo estudio en el que, esta vez sí, se analicen con rigor todas las alternativas desde una perspectiva ambiental, tal y como dicta la ley. No podrá, como hizo hasta ahora, usar el argumento del “ahorro” para justificar una decisión que hipoteca el futuro de la Vega.