OPINIÓN. Bomberos en lucha. Por Encierro Bomberos de Málaga. @EncierroBombMlg
21/03/19. Opinión. Los Bomberos de Málaga, en huelga desde febrero de 2017, hace más de dos años ya, publican en su colaboración semanal para EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com la tercera y última parte de cómo se ha llegado a la situación actual. Un escenario caracterizado por la escasez de medios y plantilla. Situación en la que se encuentran porque el Ayuntamiento de Málaga...
...que dirige Francisco de la Torre (PP), así como el concejal de Seguridad, Mario Cortés (PP), su responsable directo, no solo no les proporcionan los elementos necesarios para llevar a cabo su trabajo, con lo que pueden poner en peligro la vida cotidiana de los malagueños, sino que hacen lo imposible para no dotar material y humanamente sus necesidades laborales.
Bomberos. Manual de instrucciones para imputar un delito en cómodos pasos (3ª parte)
CON esta tercera parte finalizamos la redacción de cómo el Ayuntamiento de Málaga metió en el juzgado a 61 bomberos imputándoles dos delitos muy graves. En las anteriores publicaciones se hizo una exposición narrativa de los hechos y en esta última se demostrará todo lo narrado de forma documental, comparando los informes y denuncias que redactaron contra los bomberos con lo que queda demostrado finalmente en el auto de archivo del juzgado.
EL 4 de julio de 2017 el Jefe de Bomberos, José Cruz Romero Angulo, hace un informe en el que pone en conocimiento de su inmediatamente superior, y al que une una gran amistad, el director de Personal y Seguridad Carlos Gómez-Cambronero Sainz de la Maza, que el día 2 de junio de 2017 hubo que llamar a personal de descanso por la necesidad de atender varios fuegos forestales, obteniendo una respuesta casi nula, y lo achaca exclusivamente al conflicto laboral que mantiene la plantilla con el Ayuntamiento.
DICHO informe lo finaliza con una contundente y dramática afirmación: “no puede garantizarse la prestación del Servicio contra Incendios y Salvamento en el término municipal de Málaga”.
PERO si acudimos al documento de sobreseimiento y archivo de las actuaciones de la Fiscalía, podemos ver cómo queda demostrado que para el requerimiento de esa supuesta situación tan grave de incendios forestales solo se llamaron realmente a siete bomberos (de más de 150 que se podrían haber intentado localizar). Y resulta que las 61 llamadas fueron hechas por la mañana para cubrir solo a un bombero que hacía falta en el Centro Municipal de Emergencias… pero que faltaba porque ¡la misma Jefatura que nos denuncia le había concedido ocho horas de permiso de asuntos propios durante la jornada! Acabamos de empezar y ya hay cosas que no cuadran, ¿verdad?
SI seguimos analizando el informe del Jefe de Bomberos vemos también cómo intenta responsabilizar de esta situación a los principales representantes sindicales o miembros del Comité de Huelga, de forma indirecta, refiriéndose a estos como “agentes sociales”, atribuyéndole el dictado de una orden de “no colaboración” a toda la plantilla como medida de presión del colectivo.
VOLVIENDO al documento de archivo de la Fiscalía podemos ver como el fiscal es consciente de que en una situación de conflicto laboral, la colaboración más allá de lo exigido reglamentariamente es difícil que se dé. Ya que en el caso del requerimiento por parte del Servicio para casos extraordinarios domina el principio de voluntariedad al no estar regulado a día de hoy, cuestión que venimos denunciando pidiendo un Reglamento Interno que, entre otras cuestiones, regule una disponibilidad para estas situaciones.
ADEMÁS, detecta la falta de organización del Servicio de Bomberos, ya que se realizan las llamadas de forma indiscriminada, sin orden alguno ni advertencia de la obligación a tener que acudir, denotando improvisación ya que se llama a personal de vacaciones, de baja laboral o saliente de guardia, y que, a diferencia de otros Servicios de Bomberos, en el Ayuntamiento de Málaga no está regulado. En definitiva, que por una de las razones por las que el colectivo de bomberos lleva dos años en huelga, ellos nos denuncian en el juzgado. El mundo al revés.
PERO si hay una parte del informe del Jefe de Bomberos que no tiene desperdicio (modo irónico) es aquella en la que lo fundamenta jurídicamente, ya que se acoge al manual de funciones del bombero, donde se establece que “asistirá a los siniestros que se le ordene”. Como es lógico, dicho manual de funciones es de aplicación cuando el bombero está trabajando, no cuando está fuera de servicio, ya sea al cuidado de un menor o tendido en el sofá de su casa.
PERO espérense, que lo “gracioso” de esto viene ahora, y es que lo justifica diciendo que este procedimiento de llamadas es el que se usó en unas inundaciones ocurridas en febrero de ese año.
EN esas inundaciones precisamente, con una alerta roja de la AEMET, con media ciudad anegada y los servicios de bomberos desbordados, se le intentó localizar por teléfono desde el Centro Municipal de Emergencias para activar el Plan de Emergencia. Pues bien, no se le pudo localizar ni activar dicho plan, pues tenía el teléfono apagado. Hay que tener en cuenta que tiene un teléfono corporativo para estos casos y por lo que cobra una disponibilidad que los bomberos no tenemos. En el fondo es un cachondo, y se está riendo de nosotros.
Y hablando de la activación del Plan de Emergencia Municipal. ¿Por qué si ese día del informe se dio una situación en la que, según las propias palabras del Jefe de Bomberos “no se garantizaba la prestación del Servicio contra Incendios”, este no se activó? Más si cabe cuando es él la autoridad responsable de activarlo.
PERO si todo esto es así, ¿cómo es que la Fiscalía lo ha admitido a trámite?
PARA eso le hacía falta una mano de pintura al informe, cosa de la que se ha encargado la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Málaga, ya que en la redacción del documento que se envía al Juzgado se cambia la justificación jurídica. Mientras que en el escrito del Jefe se hacía referencia al incumplimiento de los bomberos del Manual de Funciones del Bombero, a la Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, esto desaparece de un plumazo y en su lugar se colocan los artículos 409, 410 y 412 del Código Penal, donde se imputa una denegación de auxilio y un abandono del servicio a funcionario público, con penas de multa y suspensión de empleo de hasta tres años. Curiosamente el artículo 413 trata de la custodia de documentos, pero de esto hablaremos otro día.
EL juicio se celebró, y tuvieron que pasar por delante de su señoría 61 bomberos que no habían cometido ningún delito, pero también por parte de la Jefatura tuvieron que prestar declaración el subinspector del Servicio y el oficial técnico responsable de la guardia de ese día en cuestión.
EN sus declaraciones se evidenciaron contradicciones de las que el magistrado tomó buena nota, hasta tal punto de manifestar en una ocasión al abogado defensor que ya era consciente de que la denuncia decía una cosa, el jefe de la guardia decía otra, el jefe de Sala otra y el subinspector otra distinta.
A modo de ejemplo, se intentó dar gravedad al asunto alegando que “se tuvo que requerir la presencia del INFOCA”, cuando es precisamente competencia del INFOCA la cobertura de los incendios forestales, acudiendo bomberos de Málaga en apoyo y no al revés. Que “se tuvo que requerir al Consorcio de Bomberos” (bomberos de otros municipios), quedando demostrado en el juicio que no tuvieron que actuar. Y que “se tuvo que requerir un camión de LIMASA para apagar un incendio”, quedando demostrado en el juicio que no tuvieron que actuar.
QUE “era tal la gravedad de la situación, que no se pudo siquiera dejar un retén de reserva”, demostrándose en el juicio ser falso también. Ya que el parque de Churriana estaba disponible con toda su dotación, al no haber sido movilizado para esa situación en la que, según palabras del Jefe de Bomberos, no podía “garantizarse la prestación del Servicio contra Incendios y Salvamento en el término municipal de Málaga”.
PUES así fue como 61 bomberos del Ayuntamiento de Málaga fueron imputados, considerando por tanto a todo esto un montaje, una denuncia falsa, y un uso inapropiado de la Administración de Justicia, pero que nos recuerda lo que al principio del conflicto nos dijo nuestro Jefe: “La maquinaria se ha puesto en marcha y os va a machacar…”.
PUEDE leer aquí anteriores artículos de Encierro Bomberos:
- 14/03/19 Tercera manifestación de los Bomberos de Málaga por la seguridad
- 07/03/19 Bomberos. Manual de instrucciones para imputar un delito en cómodos pasos (2ª parte)
- 01/03/19 Bomberos. Manual de instrucciones para imputar un delito en cómodos pasos (1ª parte)
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