Ascensos de categoría profesional en el Servicio de Extinción y Salvamento del Ayuntamiento sin promoción interna ni superar ningún tipo de prueba, sin hacer público dicho procedimiento administrativo y en base a unos criterios distintos a los establecidos en el Acuerdo de Funcionarios

OPINIÓN.
Bomberos en lucha
Por Encierro Bomberos de Málaga. @EncierroBombMlg


12/09/19. Opinión. Los Bomberos del Ayuntamiento de Málaga, que llevan más de dos años en huelga, hacen una reflexión en su colaboración para EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com sobre la repentina resolución “por parte del Área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Málaga en la que se asciende de categoría profesional a un determinado número de profesionales del Servicio de Extinción y...

...Salvamento, los cuales, casualmente, se han desmarcado del conflicto laboral, no solo no participando en las medidas planteadas por el resto de la plantilla, sino haciendo todo lo contrario para contrarrestar los efectos que pudieran acarrear las mismas sobre la empresa como medidas de presión”.

Cerrado por vacaciones… con nocturnidad y alevosía

Si hay algo de lo que cualquier ciudadano de bien es conocedor es que la Administración, de forma generalizada, aunque no en todas sus formas, sufre una especie de letargo o periodo de “hibernación” en el mes vacacional de agosto. Tal es así que, por ejemplo, en el Ayuntamiento de Málaga se suspenden prácticamente todas las actividades relativas al dictamen y resolución de actos administrativos, plenos ordinarios, juntas de gobierno, etc.



Por eso nos resulta especialmente llamativo (aunque no nos sorprenda a estas alturas) que el día 2 de agosto se firme una resolución por parte del Área de Recursos Humanos en la que se asciende de categoría profesional a un determinado número de profesionales del Servicio de Extinción y Salvamento del Ayto. de Málaga, los cuales, casualmente, se han desmarcado del conflicto laboral, no solo no participando en las medidas planteadas por el resto de la plantilla, sino haciendo todo lo contrario para contrarrestar los efectos que pudieran acarrear las mismas sobre la empresa como medidas de presión.

Casualmente también, los criterios abducidos para ascender sin promoción interna ni superar ningún tipo de prueba de acceso a estos profesionales, han sido introducidos en la última modificación del Acuerdo de Funcionarios (anteriormente eran otros), siendo firmado el mismo por sindicatos que carecen de representación significativa en el citado Servicio, pero que, en cambio, tienen entre sus filas a casi todos los premiados como afiliados.

A todo esto, hay que añadir que no se ha hecho público dicho procedimiento administrativo, borrando de un plumazo los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que deben regir en la función pública, algo a lo que nos tiene más que acostumbrado el actual Director de Personal D. Carlos Gómez-Cambronero Sainz de la Maza, y de lo cual la justicia, imaginamos, debe estar cansada por la gran cantidad de denuncias que ha recibido sobre este hecho (y resueltas a favor de los denunciantes).


También
nos encontramos como el Subinspector del Servicio, D. Rafael Rueda Jiménez, justifica estos ascensos en base a unos criterios distintos a los establecidos en el Acuerdo de Funcionarios, contradiciendo a la propia resolución de nombramientos señalada, siendo todo un cúmulo de despropósitos que nos recuerda el artículo 404 del Código Penal sobre la prevaricación de los funcionarios públicos, que establece que “el funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público” y especialmente el artículo 405, que establece que “el funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, se le castigará con las penas de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.”

Esta
treta realizada por el tándem Jefatura de Bomberos y Área de Personal no viene sino a sumar otra más de tantas a las que ya nos tienen acostumbrados, donde en como la película Uno de los nuestros, se protegen entre ellos como si de una familia se tratara y devuelven los favores por los servicios prestados.


Puede leer aquí anteriores entregas de Encierro Bomberos:
- 27/06/19 Los privilegios de quienes nos llaman privilegiados

- 13/06/19 Bomberos al filo de la navaja
- 30/05/19 Bomberos. De juzgado de guardia o como ir de mal en peor

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