
Tras una denuncia de EL OBSERVADOR, la AEPD acusa a la
Consejería de Cultura de la Junta de captación de datos en vía pública sin consentimiento de los afectados
15/09/09. Sociedad. De la denuncia presentada en la Agencia Española de Protección de
Datos (AEPD) por EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com en mayo
de 2008, informando de la ausencia de distintivos que informen de las
grabaciones de las cámaras de videovigilancia del Palacio de la Aduana de
Málaga, se ha derivado un expediente por el que la Delegación de Cultura de la
Junta de Andalucía en Málaga se enfrenta a una sanción de hasta 300.000 euros
por una infracción grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
DICHO expediente señala que cuando en el edificio del Palacio

PESE a que el propio delegado provincial de la Consejería de Cultura de la Junta, Manuel Jesús García Martín, alegó a la AEPD que el sistema de cámaras exterior se encuentra desmantelado actualmente, los inspectores de la agencia constataron que el mismo estaba en funcionamiento cuando se realizó la inspección, el 26 de enero de 2009.
ASÍ pues, la agencia declara que la Junta ha infringido el artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos que establece que el “tratamiento de los datos de carácter personal requerirá del consentimiento inequívoco del afectado”, una infracción considerada como grave, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 44.3 d) y que puede acarrear una multa de hasta 300.000 euros.
NO obstante, contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa cabe recurso de reposición en la Audiencia Nacional.
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